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Procédure collective

FUSSION CONSULTORA PROYECTOS SL

CIF B54430277Voir la fiche société

Publications
527/10/201416/11/2020
Procédure
504/2013 · 09/2014
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal16/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 504/2013Juge : Miguel Angel Chamorro GonzalezOrdonnance 10/03/2020

    Debo declarar y declaro al deudor/a Jaime Ferrándiz Yuste con DNI 38.428.236-C, persona física no empresaria, en situación de concurso consecutivo

  2. Conclusión del concurso16/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 504/2013Juge : MARIA RUIZ CASTEJONOrdonnance 10/03/2020

    DECLARA AL DEUDOR M.F.S EN SITUACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO, DECLARANDO EL CARÁCTER VOLUNTARIO DEL CONCURSO, QUE EL DEUDOR QUEDA SUSPENDIDO EN SUS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN SOBRE SU PATRIMONIO. ADMINISTRADOR ANA BLANCO VALL-LAMORA

  3. Declaración de concurso11/11/2020
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 20/10/2020

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] -000504/2013 - MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Fussion Consultora de Proyectos, S.L., con domicilio en calle Santa Faz, n.° 18, de Benidorm, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3388, folio 131, hoja A-117810, inscripción 1.ª, y C.I.F número B-54430277, presentado se ha dictado resolución de 10-03-2020, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Dispongo: La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. Se declara la extinción de la entidad mercantil Fussion Consultora de Proyectos, S.L.U., en liquidación, y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 177.1 de la LC). Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en Alicante, 20 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

  4. Conclusión del concurso19/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 504/2013Juge : PILAR SOLANOT GARCÍAOrdonnance 10/03/2020

    AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  5. Declaración de concurso27/10/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteProc. 09/2014Ordonnance 29/09/2014

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario-000504/2013-MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Fussion Consultora de Proyectos, S.L., con domicilio en calle Santa Faz, n.º 18, de Benidorm, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3388, Folio 131, Hoja A-117810, Inscripción 1.ª, y CIF número B-54430277, se ha presentado por la Administración concursal el informe preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 29/09/2014, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto. Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en Alicante, 29 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.