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Procédure collective

FUTURMON SL

CIF B17867490Voir la fiche société

Publications
202/04/201219/11/2016
Procédure
585/2011

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal19/11/2016
    ⚖️ GIRONAProc. 585/2011Ordonnance 02/11/2016

    Edicto. D. José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 585/2011, se ha acordado mediante auto de fecha 2/11/2016 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Futurmon, S.L., con CIF B-17867490, con domicilio en c/ Pau Casals, n.º 1, de Girona. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 2 de noviembre de 2016.- Letrado de la Adm. de Justicia.

  2. Declaración de concurso02/04/2012
    ⚖️ GIRONAProc. 585/2011Ordonnance 06/03/2012

    Edicto Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 585/2011, se ha acordado mediante Auto de fecha 7/02/12 la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Futurmon, S.L. con domicilio Ctra. Nacional II Km 735 de Orriols, CIF NÚM, B-17867490, siendo designado como administrador concursal a D. Jordi Bellvehí Muñoz. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que ponga en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El auto de declaración de concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, 6 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.