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Procédure collective
GADITANA DE ALUBESA SL
CIF B72215106Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 27/04/2016 → 21/04/2023
- Procédure
- 92/2016
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso21/04/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZProc. 92/2016Juge : ALICIA PILAR RAYA GARCIAOrdonnance 16/03/2023
DECLARAICON CONCURSO. NOMBRAMIENTO ADMINISTRADOR Y DATOS. SUSPENSION FACULTADES . COMUNICACION CREDITOS ART 255 Y256 -TEXTI REFUNDIDO LC .PLAZO PARA COMUNICAR CREDITOS TRLC
- Otro acto concursal29/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZProc. 92/2016Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 16/03/2023
DECLARAR EL CONCURSO DE ACREEDORES AL DEUDOR DE COTTON HOME TESTIL SL CON CIF B-88502240 Y CONCLUIR EL PRESENTE PROCEDIMIENTO CONCURSAL POR ESTAR EN EL SUPUESTO DE INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA DEL DEUDOR.
- Otro acto concursal29/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1Proc. 92/2016Juge : ELENA FRAILE LAFUENTEOrdonnance 16/03/2023
DECLARO la CONCLUSIÓN del concurso de MERCANTIL DE OBRAS Y VIVIENDAS DE TENERIFE S.L por cumplimiento de convenio, y el archivo de las actuaciones. Ratificar LA RENDICIÓN DE CUENTAS presentadas por la Administración Concursal y aprobadas por auto...
- Conclusión del concurso29/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZProc. 92/2016Juge : JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOOrdonnance 16/03/2023
Se concluye el concurso.
- Apertura de liquidación27/04/2016⚖️ CÁDIZProc. 92/2016Ordonnance 22/03/2016
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 92/2016, con NIG 1101242M20160000044, por auto de 22 de marzo de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Gaditana de Alubesa, S.L., con CIF n.º B72215106, cuyo centro de principales intereses lo tiene en C/ de la Plaza, n.º 35, CP 11510 Puerto Real (Cádiz). 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal, al haberse acordado la apertura de la fase de liquidación. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Adalberto Cañadas Castillo, con domicilio postal en avenida Ramón de Carranza, n.º 10, 1.º, CP 11006 Cádiz y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 5 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.