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Procédure collective

GAJI SA

CIF A41203951Voir la fiche société

Publications
1302/12/201921/06/2023
Procédure
950/2019 · 198/2020 · 950/2020 · 945/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA · Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 3ª - 3

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal21/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2019Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 10/03/2022

    1. Debo declarar y declaro al deudor JORGE CÉSAR ÁVILA BARRIOS, con DNI número 23.934.798-D, en situación de concurso con todos los efectos que ello conlleva, en concreto:

  2. Otro acto concursal16/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2019Ordonnance 17/03/2023

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso16/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2019Ordonnance 17/03/2023

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso24/03/2023
    ⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 3ª - 3Proc. 950/2019Juge : Jesús Ginés Gabaldón CodesidoOrdonnance 17/03/2023

    ver resolución en el anexo

  5. Otro acto concursal04/04/2022
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 950/2019Juge : Miguel Angel Navarro RoblesOrdonnance 22/03/2022

    ver resolución en el anexo

  6. Apertura de liquidación24/11/2021
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 950/2019Juge : Miguel Angel Navarro RoblesOrdonnance 18/11/2021

    ver resolución en el anexo

  7. Otro acto concursal13/08/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 198/2020Juge : Miguel Angel Navarro RoblesOrdonnance 05/06/2020

    ver resolución en el anexo

  8. Otro acto concursal26/06/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 950/2019Juge : Migiel Angel Navarro RoblesOrdonnance 25/06/2020

    ver resolución en el anexo

  9. Otro acto concursal10/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2020Juge : XAVIER GARCIA BONETOrdonnance 06/11/2019

    En el Concurso consecutivo 3000/2018 de JAVIER JESUS LOPEZ VEROZ, se ha dictado un auto que aprueba el plan de liquidación propuesto por la administración concursal.

  10. Otro acto concursal10/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2020Juge : ANA ISABEL MASERO AGUEDOOrdonnance 06/11/2019

    AUTO DECLARACION CONCURSO

  11. Declaración de concurso10/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 950/2020Juge : MAR FERNÁNDEZ BARJAUOrdonnance 06/11/2019

    AUTO DE DECLARACIÓN Y CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  12. Otro acto concursal16/12/2019
    ⚖️ SEVILLAProc. 945/2019Ordonnance 04/11/2019

    El Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 945/2019, con nig 4109142120190037824 por auto de fecha 4 de noviembre de 2019 se ha declarado en concurso al deudor Hispavidrio, S.L., con CIF A41203951 y domicilio en Morón de la Frontera. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración concursal, a don Jose Arbona Prini, con despacho profesional en calle Caños de Carmona nº 9, 3ºA. Correo electrónico: [email protected] Teléfono 670 021 203, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 11 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  13. Otro acto concursal02/12/2019
    ⚖️ SEVILLAOrdonnance 27/11/2019

    El Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 950/19, con NIG 4109142120190037791 por auto de 6 de noviembre del presente se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Gaji, S.A., con CIF A41203951 y domicilio en avenida del Pilar s/n de Morón de la Frontera (Sevilla) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el arta 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido don José Arbona Prini, con DNI 28344561M y domicilio en calle Caños de Carmona nº 9, 3º A de Sevilla. Teléfono 954 213 152 y dirección de correo electrónico [email protected] o bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. 3º.- El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 27 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.