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Procédure collective
GALASTUR LUGO SL EN LIQUIDACION
CIF B27169218Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 23/02/2013 → 22/06/2013
- Procédure
- 2/2013
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación22/06/2013⚖️ LUGOOrdonnance 20/05/2013
Edicto Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 000002/2013, referente al concursado Galastur Lugo, S.L., por auto de fecha 20 de mayo, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la entidad mercantil Galastur Lugo, S.L., B 27169218, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Lugo, 20 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso27/04/2013⚖️ LUGOOrdonnance 15/04/2013
Edicto D. Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, anuncia: 1.- Que en la Sección I Declaración de Concurso 000002/2013, referente al deudor Galastur Lugo, S.L., B27169218, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Lugo, 15 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal23/02/2013⚖️ LUGOProc. 2/2013Ordonnance 30/01/2013
Edicto Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia 2 Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 2/2013, por auto de fecha 9 de enero se ha declarado en concurso voluntario, abreviado al deudor Galastur Lugo, S.L., B27169218, con domicilio en Carpinteiros, s/n, Ceao, Lugo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Lugo. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. Por auto de fecha 16 de enero, ha sido designado nuevo administrador don Pedro González Vieitez, 76340946, urbanización Os Alargos 21, Otero de Rey [email protected] 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecerer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Lugo, 30 de enero de 2013.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.