Procédure collective
GALCOMPLE SL
CIF B36991743Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 30/04/2013 → 20/09/2014
- Procédure
- 59/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Pontevedra
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación20/09/2014⚖️ PONTEVEDRAProc. 59/2013Ordonnance 02/09/2014
Edicto Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, Hace saber: Que en este Juzgado y con el número 59/2013-C- se siguen autos de concurso voluntario abreviado de Galcomple, S.L.U., en los que, en fecha 2 de septiembre de 2014, ha recaído auto, ya firme, de conclusión del concurso por finalización de la liquidación, resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Galcomple, S.L. unipersonal, con CIF número B-36.991.743 y domicilio social en calle Ramón González, número 44, bajo, 36.400 de O Porriño. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al libro 3333, folio 40, hoja PO-43094, con los efectos legales inherentes. 2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales. 4. Se acuerda la extinción de la sociedad Galcomple, S.L.U. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente. Modo de impugnación contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC) Y para que conste se expide el presente, En Pontevedra, 2 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso22/05/2013⚖️ PONTEVEDRAOrdonnance 30/04/2013
Edicto Don José Luis Gutiérrez Martín, secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Pontevedra, hace saber: Que en este Juzgado y con el NIG 36038 47 1 2012 0000406, se siguen autos número 59/13-C-, de concurso voluntario de Galcomple, S.L.U., con CIF número B-36.991.743 y domicilio social en calle Ramón González, número 44, bajo, 36400 de O Porriño. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Libro 3333, Folio 40, Hoja PO-43094. Que el pasado día 30 de abril de 2013, fue publicado en el BOE, edicto que anuncia la declaración de concurso de dicha entidad y que apreciándose un error en la dirección de correo electrónico de la administración concursal, siendo la correcta la siguiente: [email protected], se hace saber tal circunstancia a fin de que sirva de subsanación del error indicado y los acreedores puedan proceder a la comunicación de créditos. Pontevedra, 6 de mayo de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso30/04/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de PontevedraOrdonnance 26/03/2013
Edicto D./Dª. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000059/2013 y NIG nº 36038 47 1 2012 0000406, se ha dictado en fecha 26 de marzo de 2013, Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Galcomple, S.L. Unipersonal, con C.I.F. número B-36.991.743 y domicilio social en Calle Ramón González, número 44, bajo, 36400, de O Porriño. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 3333, Folio 40, Hoja PO-43094. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la economista Lidia Bragado Pérez, despacho profesional en Calle Velázquez Moreno, número 9, 4º, Ofic. 405, 36201 Vigo. E-mail: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Igualmente, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, a petición de la concursada. Asimismo, se declara disuelta la entidad concursada, cesando los administradores sociales. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. Pontevedra, 5 de abril de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.