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Procédure collective

GARCIA PADRONES ALUMINIOS SL

CIF B28520534Voir la fiche société

Publications
105/02/201805/02/2018
Procédure
31/2018
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal05/02/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 31/2018Ordonnance 30/01/2018

    Edicto D.ª Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid. Hace saber: 1. Que en el concurso número de autos 31/2018, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.00.2-2017/0224585 por auto de 30/01/2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario/abreviado, a Garcia Padrones Aluminios, S.L., con CIF B28520534 y domiciliada en C/ Batalla de Brunete n.º 8-10 de Fuenlabrada (Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es D.ª Gema Tarín Cañadas, Abogada, con domicilio postal en C/Fernán González, n.º 36, 5.º, 28009 de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.org Madrid, 30 de enero de 2018.- Letrada de la Admón. Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.