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Procédure collective

GARO 4 CONSTRUCCIONES SL

CIF B86037181Voir la fiche société

Publications
211/01/201425/02/2014
Procédure
877/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Administrateur judiciaire
D

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal25/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 877/2013Ordonnance 06/02/2014

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 877/2013, en el que se ha dictado con fecha 2/12/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad GARO 4 CONSTRUCCIONES, con CIF B86037181 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2013 - 8006331. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: GARO 4 CONSTRUCCIONES, S.L.U., con domicilio en Las Rozas de Madrid, Auto N-ll, km 23,300 (Edificio Artemisa) plata 2. Administrador concursal: D. José Antonio Regalado Morillas, con domicilio en C/ Sant Miquel, 36, 2.º, 08911 de Badalona (Barcelona), con correo electrónico: [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 6 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial. Fdo.: José María Valls Soriano.

  2. Otro acto concursal11/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 877/2013Ordonnance 10/12/2013

    EDICTO Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 877/2013 en el que se ha dictado con fecha 2/12/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Garó 4 Construcciones S.L.U. con CIF B86037181 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006331. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Garó 4 Construcciones S.L.U. con domicilio en c/ Ecuador 2, Granollers (Barcelona). Administrador concursal: D. José Antonio Regalado Morillas, con domicilio en c/ Sant Miquel 36, 2.º, 08911 de Badalona (Barcelona) con correo electrónico: [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 10 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial, Fdo.: José Maria Valls Soriano.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.