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Procédure collective

GASNET COMERCIAL SL

CIF B12674487Voir la fiche société

Publications
218/10/201423/09/2020
Procédure
536/2014
Tribunal
MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación23/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 536/2014Juge : INMACULADA DOMINGUEZ OLIVEROSOrdonnance 09/09/2020

    ABRIR LA FASE DE LIQUIDACION

  2. Otro acto concursal18/10/2014
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrdonnance 02/10/2014

    Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 30-07-2014, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000536/2014, NIG n.º 12040-66-2-2014-0000592, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Gasnet Comercial Slu", domiciliado en calle Ermita, 87, Villarreal, y CIF número B12674487. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a don Francisco Javier Felip Bardoll, con domicilio en Plaza Clavé 25, 2.º de Castellón, CP 12001, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 Ley Concursal. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 2 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.