Procédure collective
GATARE SL
CIF B43390673Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 15/06/2013 → 23/01/2025
- Procédure
- 357/2013
- Tribunal
- Mercantil - 10
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso23/01/2025⚖️ Mercantil - 10Proc. 357/2013Juge : Ignacio Fernandez de SenespledaOrdonnance 22/01/2025
ver edicto
- Otro acto concursal03/09/2024⚖️ Mercantil - 10Proc. 357/2013Juge : Ignacio Fernandez de SenespledaOrdonnance 02/09/2024
ver Boletín de Rendición de cuentas adjunto
- Declaración de concurso15/06/2013⚖️ BARCELONAProc. 357/2013Ordonnance 24/05/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10, de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario número 357/2013-C. Tipo de concurso.- Concurso Voluntario Ordinario. Entidad Instante del Concurso y NIF.- Gatare, S.L. CIF B43390673. Fecha del Auto de declaración.- 21/05/13. Administradores concursales.- Audilegem Bcn, S.L., en la persona de Leonardo Espinosa Mendez, con domicilio calle Córcega, 299 3-3, 08008 Barcelona (Barcelona), teléfono número 933620297 y en calidad de abogado y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 24 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.