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Procédure collective

GEKO SHOES SL

CIF B54391776Voir la fiche société

Publications
409/12/201309/03/2023
Procédure
575/2013 · 11/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · MERCANTIL - 3

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal09/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 575/2013Juge : Florencio Ojeda VicenteOrdonnance 17/05/2022

    Declaración concurso

  2. Otro acto concursal20/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 575/2013Juge : JORGE CUÉLLAR OTÓNOrdonnance 11/04/2022

    INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL- RENDICIÓN DE CUENTAS

  3. Conclusión del concurso12/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 575/2013Juge : XX XXXOrdonnance 17/05/2022

    PLAN DE LIQUIDACION

  4. Declaración de concurso09/12/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 11/2013Ordonnance 21/11/2013

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente Hago saber: Que por auto de fecha 18/11/2013 en el procedimiento con número de autos 000575/2013 y N.I.G. 03065-66-2-2013-0000650, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor Geko Shoes, S.L., con domicilio en Crevillente, Polígono Industrial Faima, Carretera N-340 Murcia-Alicante, Km 49,1, Parcela 43, Nave 11-1.º y CIF n.º B-54391776, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3346, Folio 14, Sección 8, Hoja A-115422, Inscripción 1.ª, representada por el procurador doña Margarita Tornel Saura. Facultades del concursado: Suspendido. Administrador concursal: Que ha sido nombrado don José Manuel Moya Espasa, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal: Avenida General Marva, 17 entlo., Alicante, y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 21 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.