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Procédure collective
GENEROS DE PUNTO TORRAS SA
CIF A08484289Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 25/01/2014 → 09/12/2017
- Procédure
- 583/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona
- Administrateur judiciaire
- Jausas Legal y Tributario, S.L.P
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de BarcelonaProc. 583/2013Ordonnance 29/11/2017
Don Francisco Velasco García-Plata, el Letrado de la Administración de Justica del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso ordinario 583/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de GENEROS DE PUNTO TORRAS, S.A., con NIF A08484289, con domicilio en Calle Garraf 3, 08140 - Caldes de Montbui. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 29 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso25/01/2014⚖️ BARCELONAProc. 583/2013Ordonnance 12/11/2013
Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta. Numero de asunto: Concurso voluntario 583/2013 6. Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Géneros de Punto Torras, S.A. A08484289. Fecha del Auto de Declaración: 12 de noviembre de 2013. Administradores concursales: Jausas Legal y Tributario, S.L.P. que designa a Inmaculada Sallent Roig, con NIF 46626624N, Economista, con domicilio Pg. de Gracia, 103, 7.ª planta, con dirección electrónica [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de Intervención las facultades de la concursada Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 21 de noviembre de 2013.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.