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Procédure collective

GEPLA SOCIEDAD ANONIMA

CIF A17118431Voir la fiche société

Publications
127/04/201327/04/2013
Administrateur judiciaire
Nicolazzi i Xifra Administradors Concursals, S.L.P

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso27/04/2013
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 04/02/2013

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número uno de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 710/12. Fecha del Auto de declaración: 4 de febrero de 2013. Clase de concurso: Voluntario ordinario. Entidad concursada: Gepla, Sociedad Anónima. CIF de la concursada: A17118431. Domicilio de la concursada: Calle Joan Maragall, número 19, 6.º 1.ª de Girona. Administrador concursal: Nicolazzi i Xifra Administradors Concursals, S.L.P. - Dirección postal: Calle Jaume I, número 64, 5.º de Girona. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo un es posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número uno de Girona ( Avenida Ramon Folch número 4-6 de 17001 - Girona). En Girona, 15 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.