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Procédure collective

GERCASA SL

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1 — 27/09/2012 → 27/09/2012
Procédure
417/2012

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso27/09/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 417/2012Ordonnance 13/09/2012

    Doña Julia Zapatero García, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 417/2012, Sección C4. Fecha del auto de declaración: 31/07/2012. Clase de concurso: voluntario abreviado con apertura de liquidación. Entidad concursada: Gercasa, S.L., con domicilio social en Barcelona, C/ Riera Alta, 63 y CIF n.º B-59377507. Administradores concursales: Rabionets & Associats, sociedad profesional con domicilio profesional en Barcelona, Av. Pau Casals, 16, Pral. 1.ª, Tlf. 932004799, fax 934143308, que ha designado al titulado mercantil don Joaquín Bordas Montoliu con: - Dirección postal: Av. Pau Casals, 16, Pral., 1.ª de Barcelona. - Dirección electrónica para la presentación de créditos: [email protected] Régimen de las Facultades del Concursado: suspendidas Registro Público de Resoluciones Concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración de concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 13 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.