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Procédure collective
GESTAL HOSTELERIA SL
CIF B70009626Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 12/07/2014 → 13/11/2019
- Procédure
- 263/2014 · 06/2014
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal13/11/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 263/2014Ordonnance 10/09/2019
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal06/09/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 263/2014Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 10/09/2019
SE DECRETA LA CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA PARA LA SATISFACCION DE LOS CREDITOS CONTGRA LA MASA. 176 bis 2 Y 3. CESAN LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION. SE DECLARA SU EXTINCION
- Declaración de concurso12/07/2014⚖️ A CORUÑAProc. 06/2014Ordonnance 06/06/2014
Edicto Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número de Sección I declaración concurso 0000263/2014 y NIG n.º 15030 47 2014 0000517 se ha dictado en fecha 04/06/2014 Auto de declaración de concurso del deudor Gestal Hostelería, S.L.U. CIF: B70009626, con domicilio social en la C/ Compostela, 8, 4.º centro, de A Coruña, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a doña María del Mar del Olmo Fernández, letrada con domicilio profesional en avenida Primo de Rivera, 2, 4.º izda. de esta localidad, teléfono 981-21.78.14. Fax 981-91.35.85, correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. En A Coruña, 6 de junio de 2014.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.