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Procédure collective

GESTORA D'OBRES COVIMSA SL

CIF B17086687Voir la fiche société

Publications
218/07/201128/11/2016
Procédure
760/2010 · 3/2009

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal28/11/2016
    ⚖️ GIRONAProc. 760/2010Ordonnance 15/11/2016

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 760/2010, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil GESTORA D´OBRES COVIMSA, S.L., con CIF B17086687, con domicilio en Pg. del Mar, 5, Palamós (Girona). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 15 de noviembre de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.

  2. Declaración de concurso18/07/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 3/2009Ordonnance 16/05/2011

    Edicto. D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 281/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Gestora d’Obres Covimsa, S.L., con domicilio en Carretera de la Selva, Km. 121, de Palamós, CIF núm. B-17-086687, siendo designado como Administrador Concursal a D. Fernando Pérez-Ruibal Rodríguez. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido al ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 16 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.