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Procédure collective
GESTORA SOBIFAM SOCIEDAD LIMITADA
CIF B50810621Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/03/2015 → 01/06/2016
- Procédure
- 1294/2014
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal01/06/2016⚖️ VALENCIAProc. 1294/2014Ordonnance 13/05/2016
Edicto. Doña María Isabel Boguña Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercntil n.º 1 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso de acreedores con número de registro 1294/2014, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección quinta, Auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad GESTORA SOBIFAM, S.L., con CIF: B-50810621, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal. Valencia, 13 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso04/03/2015⚖️ VALENCIAProc. 1294/2014Ordonnance 21/11/2014
Doña M.ª Isabel Boguña Pacheco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 1294/2014, se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Gestora Sobifam, S.L., con C.I.F. B-50810621, y domicilio en Torrente (Valencia), carretera Masia del Juez, Km.47, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado Administrador concursal a don Francisco Engo Mompo, Abogado, con domicilio profesional en Valencia, C/ Bélgica, núm. 24-27, y dirección electrónica [email protected] Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 21 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.