AccueilJusticeGHODEXO SL

Procédure collective

GHODEXO SL

CIF B87246310Voir la fiche société

Publications
203/10/201629/09/2017
Procédure
426/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal29/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 426/2016Ordonnance 26/09/2017

    Sra. D.ª Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 426/2016, por Auto n.º 158/2017, de fecha 04/09/2017, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, art. 176.bis, 2 y 3, de LC, por parte de la concursada, Ghodexo, S.L.U, con CFI B-87246310. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 26 de septiembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal03/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 426/2016Ordonnance 14/09/2016

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 426/2016, con número de 426/2016, por auto de fecha 14 de septiembre de 2016, se ha declarado en concurso que se tramitará por el procedimiento abreviado a GHODEXO, S.L.U., con CIF n.º B-87246310, y domiciliado en calle Fermín Caballero, n.º 76, puerta LC, 28035 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es ABOGADOS JEA, S.L.P., con domicilio postal en Cuevas de Altamira, 18, 3.º, 28054 de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones, no siendo válida la comunicación que se haga al Juzgado. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Madrid, 20 de septiembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.