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Procédure collective

GIBO DECORACION SL

CIF B83817502Voir la fiche société

Publications
705/12/201222/09/2020
Procédure
267/2012
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID · MERCANTIL - 10 · Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal22/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 267/2012Juge : JORGE CUELLAR OTONOrdonnance 07/09/2020

    EDICTO DECLARA CONCURSO ABREVIADO VOLUNTARIO

  2. Otro acto concursal22/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 267/2012Ordonnance 07/09/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Conclusión del concurso22/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 267/2012Ordonnance 07/09/2020

    Auto de conclusión de concurso

  4. Apertura de liquidación15/09/2020
    ⚖️ MADRIDProc. 267/2012Ordonnance 07/09/2020

    EDICTO Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 10 de Madrid. Anuncia: 1.- En el Concurso Abreviado nº 267/2012, del deudor Gibo Decoración, S.L., con CIF B83817502, se ha dictado con fecha de 7 de septiembre de 2020, auto de conclusión del concurso en virtud de lo previsto en el artículo 468 de la Ley Concursal, por finalización de la fase de liquidación. 2.- Se ha aprobado la rendición de cuentas de la Administración concursal. Madrid, 7 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

  5. Conclusión del concurso10/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 267/2012Juge : OLGA MARTIN ALONSOOrdonnance 07/09/2020

    EDICTO

  6. Apertura de liquidación30/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 10 de MadridOrdonnance 16/05/2013

    Edicto D.ª Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 267 /2012, referente al deudor Gibo Dedoration, S.L., con NIF/CIF nº B-83817502, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y Procurador. 4.- Poner en conocimiento de los acreedores que el plazo de presentación de las propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso cinco días después de la notificación de la presente resolución transcurrido el cuál sin que se hubiera presentado propuesta de convenio alguna se abrirá de inmediato por el secretario judicial la fase de liquidación. Madrid, 16 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

  7. Otro acto concursal05/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 267/2012Ordonnance 20/11/2012

    Edicto. Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, Hace saber: 1. Que en el concurso número de autos 267/2012, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0003791/2012, por auto de 20 de noviembre de 2012 se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Gibo Decoración, S.L., con CIF B-83817502, y domiciliado en Lavastida (Alava). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal. 4. La identidad de la Administración Concursal es la Abogada Doña María Luisa Tortosa Ramos, con domicilio postal en calle Oquendo, 23, Escalera derecha, planta 1.ª, de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 20 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.