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Procédure collective

GIBRALCON 2004 SA

CIF A84065630Voir la fiche société

Publications
617/03/201023/12/2025
Procédure
28/2010
Tribunal
MERCANTIL DE MADRID Nº 005 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID · Mercantil - 5

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/12/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 005Proc. 28/2010Juge : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZOrdonnance 22/12/2025

    Presentado la actualización de los textos definitivos del listado de acreedores e inventario. Diez días para impugnaciones por personados en el procedimiento. Cuestiones estrictamente objeto de actualización.

  2. Otro acto concursal20/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 005Proc. 28/2010Juge : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZOrdonnance 08/10/2025

    Se acuerda la reapertura del concurso de GIBRALCON 2004, S.A.

  3. Otro acto concursal18/08/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 28/2010Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 15/07/2025

    PUBLICIDAD ART 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC en el mismo plazo puede presentar alegaciones al plan de lliquidación presentado

  4. Conclusión del concurso18/07/2025
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 28/2010Juge : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZOrdonnance 15/07/2025

    Se ha CONCLUIDO el concurso por finalización de la fase liquidación e insuficiencia de masa activa de GIBRALCON 2004, S.A.,

  5. Conclusión del concurso09/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 28/2010Juge : ALVARO LOBATO LAVÍNOrdonnance 15/07/2025

    EDICTO DECLARACIÓN CONCURSO

  6. Otro acto concursal17/03/2010
    ⚖️ MADRIDProc. 28/2010Ordonnance 08/03/2010

    Edicto Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 28/2010, en el que recayó Auto de fecha 8 de marzo de 2010, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a la entidad Gibralcon 2004, S.A., con CIF A-84065630." "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor." "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación." "En previsión del elevado número de Procuradores y organismos que se puedan personar en el procedimiento, llegado el momento procesal de impugnación del informe, y para evitar que los impugnantes tengan que aportar tantas copias como partes personadas, con el consiguiente incremento económico que ello conlleva, se indica a las partes interesadas en personarse que deben indicar en su escrito inicial de personación, si quieren ser tenidos como interesados (arts. 193 y 194 LC.), en los incidentes concursales de impugnación del inventario y el listado de acreedores que se planteen." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 9 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.