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Procédure collective

GLACIAR MUSIC SL

CIF B87298519Voir la fiche société

Publications
316/10/201708/10/2020
Procédure
582/2017
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 582/2017Ordonnance 29/01/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso08/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 582/2017Ordonnance 29/01/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal16/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 582/2017Ordonnance 11/10/2017

    Verónica Calvo Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 582/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0085740, por auto de fecha 26.9.17, se ha declarado en concurso voluntario, a GLACIAR MUSIC, S.L., con n.º de identificación b-87298519, y domiciliado en calle Rafael Boti, 2. 28023 (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es doña CARMEN BEATRIZ GARCÍA SORANDO, con domicilio postal en calle Fernández de la Hoz, 31, 1.º Centro Izquierda. 28010 (Madrid), y dirección electrónica [email protected], y teléfono/fax 913113515, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 11 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.