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Procédure collective
GLADIOLUS BREEDER'S GROUP SL
CIF B64944093Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/02/2015 → 28/07/2017
- Procédure
- 1001/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de BarcelonaProc. 1001/2014Ordonnance 22/11/2016
Edicto dando publicidad al archivo del concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1001/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Gladiolus Breeder's Group, S.L., con CIF núm. B64944093, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto:.- Concurso voluntario 1001/2014, sección C2. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8005274. Entidad concursada.- Gladiolus Breeder's Group, S.L., con CIF B64944093. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 22.11.2016. Barcelona, 22 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Adm. de Justicia.
- Declaración de concurso03/02/2015⚖️ BARCELONAProc. 1001/2014Ordonnance 03/12/2014
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1001/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Gladiolus Breeder's Group, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- concurso voluntario 1001/2014, sección c2. NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2014 8005274. Entidad concursada.- Gladiolus Breeder's Group, Sociedad Limitada, con CIF número B64944093. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 3 de diciembre de 2014. Administrador/es concursal/es.- Rafael Carlos Gil Sánchez, con domicilio social en calle Lola Anglada, 5, 08840 Viladecans (Barcelona), teléfono número 629718572 y correo electrónico [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaría judicial y solicitar examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 10 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.