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Procédure collective
GLOBAL ENERGY SERVICES SIEMSA SOCIEDAD ANONIMA
CIF A82509779Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 30/12/2016 → 30/12/2016
- Procédure
- 845/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal30/12/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 845/2016Ordonnance 15/12/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1. Que en el procedimiento número CNO 845/2016-M, NIG n.º 48.04.2-16/027805, por auto de fecha 15 de diciembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor GLOBAL ENERGY SERVICES SIEMSA, S.A., con CIF A-82509779, y con domicilio en Carretera Bilbao-Asua, Edificio Enekuri Mendi, Alto de Enekuri, Polígono Fátima - 48950 Erandio (Bizkaia). 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3. Que la administración concursal ha correspondido a ZUBIZARRETA PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, S.L.P., con CIF B-01493964, cuyo representante es don ASIER ETXEITA ESCOBAL, economista. Domicilio Postal: Calle Gran Vía, 42, Ppal. dcha. - 48011 Bilbao. Direción electrónica: [email protected] 4. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 19 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.