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Procédure collective

GOENSA CONSTRUCCIONES S.L

CIF B06639165Voir la fiche société

Publications
216/12/201912/06/2023
Procédure
1853/2019
Tribunal
Mercantil - 11 · Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 11Proc. 1853/2019Juge : MANUEL RUIZ DE LARAOrdonnance 07/06/2023

    Se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa (465.7 TRLC), siendo la misma firme.

  2. Otro acto concursal16/12/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de MadridProc. 1853/2019Ordonnance 11/12/2019

    Edicto Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hace saber: 1.- Que en el concurso abreviado 1853/2019, por auto de fecha 11 de diciembre de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a GOENSA CONSTRUCCIONES, SL., con n.º de identificación con CIF B-06639165, domiciliado en calle Severo Ochoa, n.º 9, Nave 5, Rivas Vaciamadrid (28521-Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es doña Elena López Sánchez, con domicilio postal en calle Bárbara de Braganza, n.º 11, 3.º izq. (Madrid-28004), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. Madrid, 11 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.