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Procédure collective
GOLF RIOJA ALTA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B26194209Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 29/05/2014 → 30/03/2017
- Procédure
- 280/2014
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso30/03/2017⚖️ LOGROÑOProc. 280/2014Ordonnance 27/03/2017
Edicto. Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 280/2014 y NIG 26089 42 1 2014 0002744, por auto de fecha 27 de marzo de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil GOLF RIOJA ALTA, S.L., con CIF B-26194209, con domicilio social en Avda. de La Rioja, 118, Casa Club Campo Golf de Cirueña-La Rioja. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada. 3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de GOLF RIOJA ALTA, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal. Logroño, 27 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso23/06/2014⚖️ LOGROÑOProc. 280/2014Ordonnance 15/05/2014
Edicto. Doña María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 280/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0002744, se ha dictado en fecha 15 de mayo de 2014 auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor Golf Rioja Alta, S.L., con CIF B-26194209, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cirueña-La Rioja. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Alejandro Rodríguez Rodríguez, con domicilio postal en Avenida Portugal, n.º 18, 2,º d de Logroño, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Logroño, 17 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.
- Declaración de concurso29/05/2014⚖️ LOGROÑOProc. 280/2014Ordonnance 26/05/2014
Edicto D.ª María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 280/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0002744, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor GOLF RIOJA ALTA, S.L., con CIF B26194209, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cirueña-La Rioja. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a D. Alejandro Rodríguez Rodríguez, con domicilio postal en Avenida Portugal, n.º 18-2.º d, de Logroño, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Logroño, 26 de mayo de 2014.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.