Procédure collective
GRAFOYESO SL
CIF B92608025Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 19/06/2010 → 14/02/2017
- Procédure
- 2501/2017 · 316/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal14/02/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 2501/2017Ordonnance 25/01/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 316/10, referente al concursado GRAFOYESO, S.L., CIF B92608025, por auto de fecha 2501/2017 se ha acordado lo siguiente: 1. La conclusión del proceso concursal de GRAFOYESO, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 316/10. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2. El cese del Administrador Concursal designado, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3. La declaración de extinción de la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 25 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal04/08/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 316/2010Ordonnance 08/07/2010
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 316/2010, por auto de 12/05/10 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Grafoyeso, S.L., con C.I.F. B-92608025, domicilio en c/ Lope de Vega, bloq. 2-Estepona-Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en c/ Siroco, n.º 7-Dos Hermanas Sevilla, corregido el domicilio del concursado por auto de 08/07/10. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervenión de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 8 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal19/06/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 316/2010Ordonnance 12/05/2010
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 316/2010, por auto de 12/05/10 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Grafoyeso, S.L., con C.I.F. B-92608025, domicilio en Polígono industrial Santa Ana, parcela 14, cuarta fase, La Roda de Andalucía-Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 12 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.