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Procédure collective
GRAN VIA 37 SA
CIF A78012762Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 08/05/2009 → 27/01/2011
- Procédure
- 526/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso27/01/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 526/2009Ordonnance 11/01/2011
D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario n.º 526/2009 voluntario, de la deudora Concursada Gran Vía 37, S.A., con CIF n.º A-78012762, con domicilio en Calle Colón, n.º 15, Valencia, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 11 de enero de 2011, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por pago a los acreedores en virtud del art. 176-1.º-3.ª de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 11 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso08/05/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 526/2009Ordonnance 15/04/2009
D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Ordinario Voluntario 526/2009, habiéndose dictado en fecha 15 de abril de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Gran Vía 37, S.A. con domicilio en Calle Colón nº 15 Valencia y CIF nº A-78012762, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 8838, libro 6124, folio 11, hoja V-127290. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la utorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el B.O.E., puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 15 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.