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Procédure collective

GRANISTANT SL EN LIQUIDACION

CIF B54474036Voir la fiche société

Publications
208/06/201726/10/2023
Procédure
298/2017
Tribunal
Mercantil - 2

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 298/2017Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 23/10/2023

    AUTO CESE ADMINISTRADOR CONCURSAL Y NOMBRAMIENTO NUEVO

  2. Otro acto concursal08/06/2017
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 25/05/2017

    Doña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado 000298/2017 – K en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Granistant, S.L., con domicilio en Avenida Ejércitos Españoles, 54- 03580 Alfaz del Pi, CIF numero B-54474036, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación en el BOE Identidad de la Admon. Concursal: D. Javier Pastor Román, en su cualidad de Abogado, con DNI n.º 21.462.694-Z, y con domicilio en Calle San Fernando, 53-1.º- 03001 Alicante, teléfono 965216862, email: [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 25 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.