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Procédure collective
GRANITOS NOVA ZAMORA SL
CIF B49279581Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 13/11/2020 → 31/05/2021
- Procédure
- 383/2020 · 03/2021
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal31/05/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 383/2020Juge : MARÍA SALOMÉ MARTÍNEZ BOUZASOrdonnance 30/04/2021
EDICTO Cristina Martínez García , Letrada de la Administración de justicia del juzgado de lo Mercantil N 2 de Coruña, en cumplimiento del artículo 23 de la Ley Concursal Anuncia Que en el procedimiento N 428/2016-L, se ha dictado auto de conclusión
- Declaración de concurso13/04/2021⚖️ ZAMORAProc. 03/2021Ordonnance 08/04/2021
Edicto Doña María Belén Iglesias Refoyo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Zamora, con competencia exclusiva Mercantil, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000383/2020 y NIG n.º 49275 41 1 2020 0002735, se ha dictado en fecha 26/03/2021 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor GRANITOS NOVA ZAMORA, S.L., con CIF n.º B49279581, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Avenida de Los Llanos, Polígono Los Llanos, Parcela 47, de la localidad de Zamora. 2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Don Diego Hernandez López, del Ilustre Colegio de Abogados de Zamora, con domicilio postal en la Calle San Andrés, n.º 14, piso 1.ª B, de Zamora y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 512 TRLC). 5.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Zamora, 8 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Belén Iglesias Refoyo.
- Otro acto concursal23/02/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 383/2020Juge : MARCOS BERMUDEZ AVILAOrdonnance 26/07/2021
Se ha puesto de manifiesto en la oficina judicial el 16/2/2021 el plan de liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso, elaborado por la administración concursal.
- Otro acto concursal13/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 383/2020Juge : MARIA SALOMÉ MARTÍNEZ BOUZASOrdonnance 30/04/2021
AUTO Magistrado/Juez María Salomé Martínez Bouzas Antecedentes de Hecho Primero.- En la sección de liquidación sustanciada en el presente procedimiento concursal 766/2019 se ha presentado por la administración del concurso el plan de liquidación
- Apertura de liquidación13/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 383/2020Juge : JOSEFA OÑA MARTINOrdonnance 30/04/2021
Presentado Informe PROVISIONAL de administración concursal, del Capítulo I del Título VI RDL 1/2020, de 5 de mayo, Texto Refundido de la Ley Concursal, junto con inventario de bienes y derechos y lista acreedores. Puede examinarse en Oficina Judicial
- Declaración de concurso13/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 383/2020Juge : MARCOS BERMUDEZOrdonnance 30/04/2021
AUTO DECLARACION Y CONCLUSION CONCURSO POR INSUFICIENCIA MASA ACTIVA. EXTINCION PERSONA JURIDICA DEUDORA, CANCELACION INSCRIPCION
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.