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Procédure collective

GRUPO EMILIO MARCOS SERNA SL EN LIQUIDACION

CIF B09407883Voir la fiche société

Publications
521/04/201408/10/2021
Procédure
122/2014
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 122/2014Ordonnance 28/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal08/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 122/2014Ordonnance 28/12/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Conclusión del concurso08/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 122/2014Ordonnance 28/12/2020

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso22/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 122/2014Juge : JOSE PABLO CARRERA FERNANDEZOrdonnance 28/12/2020

    se declara la conclusión y archivo del concurso y la extinción de entidad

  5. Declaración de concurso21/04/2014
    ⚖️ BURGOSProc. 122/2014Ordonnance 24/03/2014

    Edicto Don Fernando Méndez Jiménez, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Burgos (ant. 1.ª Instancia 4), por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 122/2014 y NIG 09059 42 1 2014 0002325, se ha dictado en fecha 24 de marzo de 2014 Auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil Grupo Emilio Marcos Serna, S.L., con CIF B09407883, y domicilio social en Burgos, c/ Loudun, n.º 4, bajo. 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la administración concursal, Se ha designado como Administración Concursal a Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio postal en Burgos, Avda. del Cid, 14, 2.º B, y dirección electrónica [email protected], señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 2 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.