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Procédure collective
GUARA 2.003 SL
CIF B22269260Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 16/10/2017 → 11/12/2018
- Procédure
- 319/2017
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso11/12/2018⚖️ HUESCAProc. 319/2017Ordonnance 04/12/2018
EDICTO Doña Paula Jarne Corral, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente hago saber: 1.- Que en el concurso voluntario ordinario número 319/2017, del deudor GUARA 2003, S.L., con CIF B-22.269.260 se ha dictado con fecha 4 de diciembre de 2018, auto declarando la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del concursado y el archivo de las actuaciones. 2.- Asimismo se ha acordado la extinción de la personalidad jurídica de la mercantil concursada así como la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Huesca, 4 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Paula Jarne Corral.
- Declaración de concurso16/10/2017⚖️ HUESCAProc. 319/2017Ordonnance 10/10/2017
EDICTO Doña Paula Jarne Corral, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 319/2017 y NIG n.º 22125 41 1 2017 0002809, se ha dictado en fecha 10 de octubre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor GUARA 2003 SL, con CIF nº B22269260, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Aragón, n.º 1, de San Esteban de Litera (Huesca). 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a REBOLLO MELCIO & ASOCIADOS ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., con domicilio postal en Calle Juli Garreta, n.º 1, 3.º C de Girona, teléfono 972223933, fax 972220791, y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 5.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Huesca, 10 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.