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Procédure collective

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CIF B71152326Voir la fiche société

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130/10/201930/10/2019
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/Iruña

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación30/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/IruñaOrdonnance 18/09/2019

    El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el Concursal-Sección 1ª (General) número 0000357/2019, por auto de 18 de septiembre de 2019, NIG 3120147120190000345 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Healthmedi Apps, S.L.U., con cif B71152326 y domicilio en Gorraiz (Valle de Egüës), calle Río Urbi 35 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Gorraiz-Valle de Egüés. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. Que el día de hoy ha aceptado el cargo la Administración Concursal siguiente: Francisco Javier Azparren Ansoain, economista-auditor de cuentas, con domicilio social en 31002 Pamplona, avenida Baja Navarra 39, bajo, teléfono 948 21 36 02 y correo electrónico: [email protected] 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Pamplona, 22 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Mercedes San Martín Cidriáin.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.