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Procédure collective

HEELS & CO MALASAÑA SL

CIF B87340188Voir la fiche société

Publications
221/04/201821/07/2018
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso21/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridOrdonnance 17/07/2018

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.-Que en el procedimiento número 413/18 por auto de 16/07/18 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor HEELS AND CO MALASAÑA SL con C.I.F. B87340188. 2.-Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.-Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 17 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal21/04/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 17/04/2018

    EDICTO Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 413/18 por auto de 16/04/18 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor HEELS AND CO MALASAÑA, S.L., con domicilio en calle Corredera Alta de San Pablo, n.º 2, de Madrid, 28004, con C.I.F. B87340188. 2.º Que el deudor mantiene las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, ENRIQUE AGUADO AGUARON, con despacho profesional en calle San Bernardo, n.º 20, 1.º, de Madrid, 28015, teléfono 917014077, y correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 17 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.