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Procédure collective
HERLOBE SL EN LIQUIDACION
CIF B78092723Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 31/01/2013 → 07/07/2026
- Procédure
- 375/2012
- Tribunal
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TOLEDO N.º 1 · Mercantil - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso07/07/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TOLEDO N.º 1Proc. 375/2012Juge : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 29/06/2026
Auto conclusion y archivo concurso
- Otro acto concursal01/09/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 375/2012Juge : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 01/09/2025
BOLETYIN ESTADISTICO
- Otro acto concursal01/09/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 375/2012Juge : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 01/09/2025
SE DA TRASLADO DE LA RENDICION DE CUENTAS
- Declaración de concurso31/01/2013⚖️ TOLEDOProc. 375/2012Ordonnance 14/01/2013
Edicto. Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I Declaración de Concurso 375/2012 y NIG número 45168 41 1 2012/0005560 se ha dictado en fecha 14/01/2013 Auto de Declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Herlobe, S.L., con B-78092723, y cuyo domicilio social se encuentra actualmente en Avenida de la Constitución, s/n., parcela 289 del Polígono Industrial Monte Boyal, Casarrubios del Monte (Toledo). 2º.- Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.Se ha designado como Administración Concursal al Abogado colegiado número 970 del Ilustre Colegio de Abogados de Toledo, José Sánchez Recuero con domicilio postal sito en calle Salto del Caballo número 3, planta 1.ª, oficina 1.ª, 45003 de Toledo y dirección electrónica: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. Habiéndose designado como auxiliar delegado a la economista Ana María García-Mochales Ávila. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. No siendo válida la comunicación de créditos que se efectúe directamente a este Juzgado. Toledo, 14 de enero de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.