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Procédure collective

HERMA-INOX S.L

CIF B17321563Voir la fiche société

Publications
320/12/201107/08/2017
Procédure
677/2011 · 3/2009

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/08/2017
    ⚖️ GIRONAProc. 677/2011Ordonnance 26/05/2017

    Edicto. D. José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que el concurso voluntario abreviado n.º 677/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario abreviado de la mercantil Herma-Inox, S.L., con CIF.-B-17321563, con domicilio social en c/ Joan Rovira i Bastons, nave n.º 26, de Palamós (Girona). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 26 de mayo de 2017.- Letrado de la Admón. de Justicia.

  2. Apertura de liquidación08/05/2012
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 27/03/2012

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 677/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el fin de la fase común y apertura de liquidación de la entidad mercantil Herma Inox, S.L., con domicilio en C/ Joan Rovira i Bastons, nave n.º 26, de Palamós, CIF núm. B-17321563. En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto apertura de liquidación, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 27 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso20/12/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 3/2009Ordonnance 01/12/2011

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 677/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Herma-Inox, S.L., con domicilio en c/ Joan Rovira i Bastons nave n.º 26 de Palamós, CIF núm. B-17321563, siendo designados como Administrador Concursal al letrado don Antoni Blanch Brugarolas Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente. En Girona, 1 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.