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Procédure collective

HERMANOS SANCHEZ QUINCE SL

CIF B33013848Voir la fiche société

Publications
210/05/201616/01/2017
Procédure
284/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso16/01/2017
    ⚖️ OVIEDOProc. 284/2015Ordonnance 06/10/2016

    Edicto En este órgano judicial Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo se tramita Pieza de Propuesta Anticipada de Convenio 000000 284/2015 seguido a instancias de Hermanos Sánchez Quince, Sociedad Limitada con domicilio en El Berrón (Asturias) CIF B33013848 se ha dictado en fecha 6-10-16 Sentencia aprobando la propuesta anticipada de convenio, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio anticipada presentada por la concursada Hermanos Sánchez Quince, Sociedad Limitada. Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte. Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI. Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con esta periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio. Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Concursal, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de estas resoluciones, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición así como del cese de los administradores concursales. Se acuerda la apertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con el testimonio de la presente resolución debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración de concurso. Contra esta Sentencia cabe recurso de apelación que podrá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Oviedo, 6 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso10/05/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de OviedoOrdonnance 22/03/2016

    Edicto Don Andrés Prada Horche, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el NIG 3304447120150000472, Sección I Declaración Concurso 0000284/2015, se ha dictado en fecha 22 de marzo de 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Hermanos Sánchez Quince, Sociedad Limitada, con CIF B33013848, cuyo centro de intereses principales lo tienen en calle Río Magostales, 33186 El Berrón. 2.º Se ha acordado que de las facultades de administración y disposición intervención que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración Concursal a don Diego Alonso Herreros, dirección de correo electrónico: [email protected] Dirección postal: calle Cervantes, número 14, 4.º derecha, 33005 - Oviedo; n.º de fax: 985 24 37 32, teléfono: 985 96 40 62, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de quince a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Oviedo, 12 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.