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Procédure collective
HIDRAULICA JIMOL SL EN LIQUIDACION
CIF B30862593Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 10/10/2019 → 22/01/2020
- Procédure
- 512/2019
- Tribunal
- MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal22/01/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 512/2019Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 17/01/2020
APROBACION PLAN LIQUIDACION
- Declaración de concurso10/10/2019⚖️ MURCIAProc. 512/2019Ordonnance 27/09/2019
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil nº1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección I Declaración de concurso 512/2019 y NIG nº 30030 47 1 2019 0000420 se ha dictado en fecha 27 de septiembre de 2019 Auto declaración de concurso voluntario del deudor Hidráulica Jimol, S.L., con CIF B30862593, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Oliva nº1, Polígono Industrial la Palma, 30593, Cartagena (Murcia). 2º.- Se ha acordado que sus facultades de administración y disposición quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado como Administración concursal a Diez y Pajarón Gabinete Concursal, S.L.P., con CIF B73736100 y domicilio social en avenida Teniente Montesinos 8, torre A-7ª, 30100 Espinardo (Murcia). Teléfono 968899967, correo electrónico [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos y nombra al Letrado don Carlos Diez Alcalde, con NIF 22981140T, a los efectos del art. 30 de la Ley Concursal. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La concursada ha solicitado la liquidación. 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso será la del Registro Público Concursal. Murcia, 4 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.