Accueil›Justice›HIDRAULICAS ELCHE SL EN LIQUIDACION
Procédure collective
HIDRAULICAS ELCHE SL EN LIQUIDACION
CIF B03744414Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 30/06/2012 → 03/02/2026
- Procédure
- 254/2012
- Tribunal
- MERCANTIL DE ELCHE/ELX Nº 003 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso03/02/2026⚖️ MERCANTIL DE ELCHE/ELX Nº 003Proc. 254/2012Juge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrdonnance 02/02/2026
CONCLUSIÓN CONCURSO Y APROBACIÓN RENDICIÓN CUENTAS
- Otro acto concursal25/11/2025⚖️ MERCANTIL DE ELCHE/ELX Nº 003Proc. 254/2012Juge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrdonnance 24/11/2025
RENDICIÓN CUENTAS. 15 DIAS PARA OPOSICIÓN
- Apertura de liquidación25/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de AlicanteOrdonnance 05/10/2012
Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante, sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado 000254/2012, siendo la concursada "Hidráulicas Elche, S.L.", con C.I.F./N.I.F. número B-03744414, con domicilio en calle Antonio Pascual Quiles, 33, Elche (Alicante), en el que se ha dictado Decreto de fecha cinco de octubre de dos mil doce que contiene los siguientes pronunciamientos: 1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso. 2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3.- Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4.- Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo. 6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC). Y para que sirva de publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente edicto. Elche, 5 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso30/06/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteOrdonnance 18/06/2012
Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente hago saber: Que por auto de fecha 18.06.12 en el procedimiento con número de autos 000254/2012 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000348, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor Hidráulicas Elche, S.L., con domicilio en calle Antonio Pascual Quiles, 33, Elche (Alicante) y CIF n.º B03744414, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1312 general, folio 219, hoja número A-7.130, inscripción 1.ª, representada por el procurador doña Concepción Sevilla Segarra. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador concursal: Que ha sido nombrado don Pedro Manuel Sánchez Navarro, colegiado del Ilustre Colegio de Titulados Mercantiles de Alicante con domicilio postal: Calle Naximiliano Thous, 79, 4.º, 03204 Elche, y dirección de correo electrónica: [email protected] para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 18 de junio de 2012.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.