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Procédure collective

HIMERCO BRATISLAVA SL

CIF B30799852Voir la fiche société

Publications
219/01/201523/07/2018
Procédure
461/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/07/2018
    ⚖️ MURCIAProc. 461/2014Ordonnance 19/07/2018

    EDICTO Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia: Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 461/2014, referente a la concursada Himerco Bratislava, S.L., con C.I.F. número B-30799852, por auto de fecha 19 de julio de 2018, se ha acordado lo siguiente: "No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Himerco Bratislava, S.L., para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Himerco Bratislava, S.L. acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica. Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal. Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, doy fe." En Murcia, 19 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso19/01/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 461/2014Ordonnance 02/12/2014

    Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso Voluntario Abreviado 461/2014 se ha dictado a instancias del deudor Himerco Bratislava, S.L., con CIF número B-30799852, en fecha 2 de diciembre de 2014 auto de declaración de concurso de dicha deudora y apertura de la fase de liquidación, con domicilio C/ Esmeralda, 49, Urbanización Mediterráneo, C.P. 30310 Cartagena. 2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la deudora quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración concursal designada al efecto. 3.º-Declarar disuelta la mercantil Himerco Bratislava, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. 4.º-Ha sido designado Administrador concursal a don Francisco Valdés-Albístur Hellín, Abogado, con domicilio en calle Fernández Ardavin, 8, 1.ª escalera 9.ºB, C.P. 30001 Murcia, teléfono y fax 968931994, correo electrónico [email protected] 5.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen en el plazo de un mes, directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 6.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro de Documentos de la Ciudad de la Justicia. 7.º-Los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). 8.º-En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web: www.oficinajudicialmurcia.es Murcia, 19 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.