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Procédure collective

HOTEL LA PUEBLA SL

CIF B09371394Voir la fiche société

Publications
508/05/201228/06/2024
Procédure
312/2011
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS · Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal28/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 312/2011Juge : DEBORAH FATIMA RUIZ MOLINAOrdonnance 11/01/2024

    DECLARACION DE CONCURSO

  2. Otro acto concursal28/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 312/2011Juge : EDUARDO GOMEZ LOPEZOrdonnance 11/01/2024

    Aprobar el Plan de Liquidación propuesto por la Administración concursal cuyo testimonio se anexa a la presente resolución, formando parte de la misma, requiriéndola para que en el plazo de 3 meses informe del estado de la liquidación o antes si se

  3. Conclusión del concurso28/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BURGOS Proc. 312/2011Ordonnance 11/01/2024

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso14/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 312/2011Juge : ALICIA GUTIERREZ RODRIGUEZOrdonnance 11/01/2024

    AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO.

  5. Declaración de concurso08/05/2012
    ⚖️ BURGOSProc. 312/2011Ordonnance 02/04/2012

    Doña María del Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado de Burgos, por el presente, hago saber: 1º.- Que en este órgano judicial con el número 312/2011 y NIG número 09059 42 1 2011 0007309, se sigue Concurso de Acreedores Necesario y en su Sección Primera de Declaración Concurso se ha dictado, en fecha 2 de abril de 2012, Auto de Declaración de Concurso del deudor Hotel La Puebla, S.L., con B-09371394, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle La Puebla, número 21, en Burgos. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al Abogado Don Francisco Javier García Espiga, con domicilio postal en la calle Guardia Civil, número 9, 1º E, de Burgos y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Burgos, 17 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.