Procédure collective
IBERGOM SA
CIF A08838286Voir la fiche société →
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- 1 — 24/10/2013 → 24/10/2013
- Procédure
- 595/2013
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso24/10/2013⚖️ BARCELONAProc. 595/2013Ordonnance 25/09/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María José Compañera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario número 595/2013-D. Tipo de concurso.- Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Ibergom, Sociedad Anónima, CIF A08838286. Fecha del auto de declaración.- 25 de septiembre de 2013. Administradores concursales.- Arfa Verdaguer, S.L.P., con CIF B65870271, con domicilio Rambla Catalunya, 62, 1.º 1.ª 08007 Barcelona, y teléfono 932.155.224 y en calidad de sociedad profesional, que ha designado como persona física a Kamyar Arfa Zanganeh y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 1 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.