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Procédure collective
IBERTREX ELECTRICA SLL
CIF B47552427Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 06/02/2013 → 06/02/2013
- Procédure
- 01/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso06/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ValladolidProc. 01/2013Ordonnance 17/01/2013
D./Dña. María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración concurso 0000458/2012-G y NIG 47186 47 1 2012 0000577 se ha dictado en fecha 3/01/2013 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Ibertrex Eléctrica, S.L.L., con CIF B-47552427 con domicilio social en Medina del Campo (Valladolid), C/ San Cristóbal n.º 16, coincidente con el centro de intereses principales. 2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización. Se ha designado, como administración concursal a D. Enrique Martín García, economista, con domicilio postal en C/Claudio Moyano, n.º 5, 1º de Valladolid y dirección electrónica: [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Valladolid, 17 de enero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.