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Procédure collective

IDALGO & MATAMOROS SL

CIF B65449233Voir la fiche société

Publications
226/01/201325/06/2013
Procédure
900/2012 · 01/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso25/06/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 900/2012Ordonnance 31/05/2013

    Edicto dando publicidad al archivo del concurso D/ña. Natalia Ramos Lain, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de archivo del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso voluntario 900/2012 Sección C1. Entidad concursada.- Idalgo & Matamoros, S.L., con CIF n.º B65449233. Fecha del Auto de declaración.- 3-01-2013. Fecha del Auto de Archivo.- 31-05-2013 Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: la aprobación de la rendición de cuentas y archivo del procedimiento concursal de la entidad mercantil Idalgo & Matamoros, S.L. por falta de activos realizables, dando por concluido el concurso en todas sus secciones. Ordenando librar los mandamientos al Registro mercantil indicando la conclusión del concurso y la disolución de la sociedad, ordenando la extinción y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan conforme el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Publíquese edicto dando publicidad a la conclusión del concurso, edicto al que se le dará la misma publicidad que el auto de declaración del concurso. Así lo dispone y firma José María Fernández Seijo, Magistrado del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona. Doy Fe. Barcelona, 31 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso26/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 01/2013Ordonnance 10/01/2013

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 900/12, en que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Idalgo & Matamoros, S.L.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 900/12 Sección C1. NIG del procediemiento: 08019-47-1-2012-8006652. Entidad concursada: "Idalgo & Matamoros, S.L.", con CIF n.º B65449233. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 3/01/2013. Administrador concursal: Don Pedro Miret Betanzos (economista), con correo electrónico [email protected], con domicilio c/ Balmes, 135, pral. 1.ª, 08008 Barcelona (Barcelona), y n.º teléfono 934197538, designado por "Técnicos Judiciales Ric Consulting, S.L.P.". Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalarará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 10 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.