AccueilJusticeIMAGE CENTER SA

Procédure collective

IMAGE CENTER SA

CIF A33638685Voir la fiche société

Publications
317/03/200916/04/2013
Procédure
18/2006

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso16/04/2013
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 01/04/2013

    Doña María Jesús Palmero Sandin, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número seis de Madrid, hago saber: Que en este Juzgado se han seguido autos de concurso voluntario abreviado de la mercantil Image Center, Sociedad anónima, con CIF número A33638685, en los que se ha dictado auto en fecha catorce de febrero de dos mil trece en el que se ha acordado: Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de Image Center, Sociedad anónima con CIF A33638685 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 18/06 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes. Declarar el cese de la administración concursal, integrada por Don Fernando Lesmes Sánchez abogado. Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedara responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Conforme a lo previsto en el artículo 178.3 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción del deudor Image Center, Sociedad anónima, así como el cierre de la hoja de inscripción en todos aquellos Registros en los que conste. Librándose los mandamientos que correspondan al efecto. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertaran en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado, y mandamiento al Registro Mercantil de Madrid, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito. Y para que así conste y sirva de publicidad, expido el presente Madrid, 1 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal26/07/2010
    ⚖️ MADRIDProc. 18/2006Ordonnance 12/07/2010

    Edicto. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Que en el incidente concursal 472/09 sobre calificación del concurso voluntario abreviado n.º 18/2006 en el que figura como concursada la mercantil "Image Center, S.A.", CIF A-33638685, se ha dictado en fecha 12 de julio de 2010, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Calificando como culpable el concurso de "Image Center, S.A.", en consecuencia debo acordar: a) Determinar como persona afectada por la calificación del concurso a D. Octavio Vinck Díaz, administrador social único de la concursada "Image Center, S.A.". b) Inhabilitar a D. Octavio Vinck Díaz, por el plazo de cinco años desde la firmeza de esta Resolución, para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales, y siendo firme la presente Resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil y exhorto al Registro Civil donde conste el nacimiento del inhabilitado para hacer constar tales limitaciones a la capacidad civil. c) Condenar a D. Octavio Vinck Díaz a que pague a los acreedores concursales, en concepto de déficit patrimonial, la cantidad que se precise hasta satisfacer el total de los créditos concursales y que no resulten satisfechos con la ocasión de la liquidación de las masa activa, que se determinará en su momento. d) No se hace especial condena en costas. Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, es susceptible de Recurso de Apelación ante este Tribunal, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, a preparar en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución." Y para que sirva de notificación a don Octavio Vinck Díaz, conforme a la previsto en el articulo 497 de la LEC, se ordena con carácter gratuito la inserción de este edicto en el BOE. Madrid, 12 de julio de 2010.- María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.

  3. Apertura de liquidación17/03/2009
    ⚖️ MADRID.Ordonnance 08/01/2009

    El Juzgado de lo Mercantil Número 6 de Madrid Anuncia Que el procedimiento concursal número 18/06 referente al concursado Image Center, Sociedad Anónima Código de Identificación Fiscal A33638685, por auto de fecha 8 de enero de 2009 se ha acordado los siguientes: Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 18 de noviembre de 2008, por no haberse presentado ninguna propuesta de convenio. Segundo.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 22 de enero de 2009 a las diez treinta horas de su mañana. Tercero.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la Ley Concursal. Cuarto.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Madrid, 8 de enero de 2009.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.