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Procédure collective

IMEDOX INNOVA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B12999694Voir la fiche société

Publications
210/06/202018/06/2020
Procédure
000158/2020
Tribunal
MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso18/06/2020
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrdonnance 04/06/2020

    Doña M.ª de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 18 de mayo del 2020, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000158/2020, NIG n.º 12040-66-1-2020-0000184, seguido en este juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor Imedox Innova, S.L., domiciliado en Avenida Europa, 22, La Vall de Uxó, Castellón, y CIF B12999694, y al mismo tiempo se ha acordado la conclusión del concurso en virtud de lo dispuesto en el artículo 176.1.3.º de la LC. Segundo.- Se ha acordado así mismo al extinción de la concursada y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda. Tercero.- En el año siguiente a la fecha de la resolución de conclusión, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación del concurso como culpable. Cuarto.- La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones publicas. Castellón, 4 de junio de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, M.ª de las Mercedes Checa Moya.

  2. Declaración de concurso10/06/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 000158/2020Juge : JORGE MARTINEZ PUIGCERVEROrdonnance 04/06/2020

    DECLARACION DE CONCURSO DE ACREEDORES Y CONCLUSION DEL MISMO.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.