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Procédure collective

IMPORT-EXPORT BYY CONFORT SL

CIF B54618947Voir la fiche société

Publications
322/07/201908/10/2021
Procédure
297/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 297/2019Ordonnance 10/09/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso08/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 297/2019Ordonnance 10/09/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal22/07/2019
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 02/07/2019

    Doña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado [cna] - 000297/2019 - mj en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a Import- Export Byy Confort, con domicilio en calle Club de Futbol Hercules, Edificio Marsamar, bajos. C.P.3008, Alicante, al tomo 3591, folio 207, hoja a-129227.,, C.I.F. numero B54618947, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la intervención de las facultadesde administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Identidad de la Admon. Concursal: -D.Mateo Uris Riera, con DNI nº21655622-H, con domicilio en Avda del Pais Valencia,93,bajo03820,cocentainaAlicante,mail:info@urisriera.,Tlfon:961912990,FAX961912991, en calidad de Abogado Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 2 de julio de 2019.- La letrada de la Administración de Justicia, María Pilar Solanot García.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.