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Procédure collective

INDISTAL SL EN LIQUIDACION

CIF B84775907Voir la fiche société

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216/05/201103/10/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridOrdonnance 21/09/2012

    Edicto Dña. Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 741/10, referente a la mercantil INDISTAL, S.L., con número de CIF.- B-84775907, se ha presentado el informe de la Administración Concursal a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2. º Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. El edicto se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. 3.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2012. 4.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 21 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal16/05/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridOrdonnance 12/04/2011

    Edicto. Doña Silvia Valdés González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 741/10, por auto de 12 de Abril de 2011 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Indistal, S.L. CIF. B-84775907, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.