Procédure collective
INDOPLAST SL
CIF B17731076Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 16/09/2009 → 02/07/2016
- Procédure
- 742/2009 · 3/2009
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal02/07/2016⚖️ GIRONAProc. 742/2009Ordonnance 07/06/2016
Don José Antonio Marquinez Beitia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 742/2009, se ha acordado mediante auto de esta fecha la conclusión por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil INDOPLAST, S.L. con CIF B-17731076, con domicilio en c/Industria, 1-3 de Les Preses (Girona). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art.177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 7 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso16/09/2009⚖️ BARCELONA.Proc. 3/2009Ordonnance 22/07/2009
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Girona con funciones de Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso Voluntario abreviado n.º 742/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Indoplast, S.L. con domicilio en c/ Industria, 1-3 de Les Preses (Girona), C.I.F. B-17.731.076, siendo designados como Administradores Concursales a doña Gemma Adroher Pérez. Por el presente, se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El Auto de declaración del concurso, así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración del concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 LC. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, a 22 de julio de 2009. Girona, 22 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.