Accueil›Justice›INET SERVICIOS INFORMATICOS SL
Procédure collective
INET SERVICIOS INFORMATICOS SL
CIF B12542346Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/08/2015 → 12/12/2022
- Procédure
- 106/2015
- Tribunal
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso12/12/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 106/2015Juge : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAOrdonnance 02/12/2022
CONCLUSION DE CONCURSO
- Otro acto concursal04/08/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónOrdonnance 08/07/2015
Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 01/07/15 dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000106/2015, NIG 12040-66-2-2015-0000128, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Inet Servicios Informáticos, S.L.", domiciliado en calle San Vicente, 4, Castellón, y CIF número B12542346. Segundo.- Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero.- Que se ha designado como Administrador concursal a D. Ignacio López Lapuente Ferraz, con domicilio en calle Falcó, n.º 2, 5.º, de Castellón, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 Ley Concursal. Cuarto.- Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 8 de julio de 2015.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.