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Procédure collective
INFORMATICA VALENCLICK SL
CIF B93111441Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 15/12/2016 → 24/01/2017
- Procédure
- 11/2016 · 312/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria -Gasteiz
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso24/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria -GasteizProc. 11/2016Ordonnance 23/12/2016
Edicto El UPAD Mercantil-Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria -Gasteiz, anuncia: Que en el procedimiento concursal numero 312/16 en el que figura como concursado/a INFORMÁTICA VALENCLICK, S.L., CIF B93111441, se ha dictado el 25/11/2016 auto que declara a dicha mercantil en concurso.. La misma resolución ha acordado la simultánea conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, la responsabilidad de INFORMÁTICA VALENCLICK, S.L., en el pago de los créditos, la extinción de la citada mercantil y la cancelación de las inscripciones ene Registro Mercantil de Álava. Dicho auto no es firme. En Vitoria-Gasteiz, 23 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal15/12/2016⚖️ VITORIAProc. 312/2016Ordonnance 25/11/2016
Edicto. El UPAD Mercantil- Juzgado de lo Mercantil n º 1 de Vitoria -Gasteiz, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 312/2016 en el que figura como concursado/a INFORMATICA VALENCLICK S.L., CIF B93111441, se ha dictado el 21/11/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Vioria-Gasteiz, 25 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.